martes, abril 23, 2024
Provinciales

Es ley: la Legislatura provincial aprobó el cupo laboral trans

El proyecto ya tenía media sanción de Diputados. Se aprobó con algunas modificaciones.

Luego de muchos años de lucha para que fuera sancionada, la comunidad LGTBIQ+ en la provincia de Santa Fe por fin puede celebrar: la Legislatura santafesina aprobó este jueves la Ley de Cupo Laboral Trans en la provincia.

El proyecto ya tenía media sanción por unanimidad desde septiembre de 2018, y esta tarde logró la aprobación definitiva en el Senado.

La misma establece “un piso mínimo de inclusión laboral de personas del colectivo travesti trans en el empleo público dentro del Estado provincial“.

De acuerdo al proyecto aprobado, durante el primer año de vigencia de la norma cerca de 50 (cincuenta) mujeres y varones trans deberán ser incorporados en diversas dependencias de la administración pública provincial.

El proyecto original se modificó en cuanto al porcentaje del cupo: se redujo del 10% al 5%, acordado con los integrantes del movimiento.

Los puntos principales
  • Los beneficiarios serán personas mayores de 18 años, residentes en la Provincia, que tengan registrado el cambio de sexo, nombre e imagen conforme a lo establecido por La Ley Nacional de Identidad de Género Nro 26.743.
  • El Estado Provincial, sus organos descentralizados y autárquicos, las empresas del Estado y con capital mayoritariamente estatal, estarán obligados a ocupar en su personal de planta permanente, transitoria y/o contratada, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de personas que hayan procedido a la rectificación registral de sexo, nombre e imagen, en el territorio provincial (estimada entre 900 y 1100).
  • Para facilitar la incorporación laboral se exceptuará de la documentación requerida, en los procesos de selección de personal, el certificado de Buena Conducta.
  • Los privados que contraten en relación de dependencia a personas travestis, transexuales y trasngénero (y que estén comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino) tendrán derecho al cómputo de una deducción especial en la base imponible del impuesto a los ingresos brutos, mientras se mantenga a esas personas empleadas.

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