domingo, abril 28, 2024
Nacionales

El Senado sancionó la Ley de Alquileres sin la presencia de Juntos por el Cambio

La norma amplía de dos a tres años los contratos de alquiler y establece que los ajustes deberán ser anuales a partir de un índice combinado entre inflación y evolución salarial, entre otros puntos.

El Frente de Todos aprobó este jueves en el Senado nacional la nueva Ley de Alquileres que reforma el vínculo entre propietarios e inquilinos, sin la presencia de la oposición, que se retiró de la sesión en medio de una pelea con el oficialismo.

La ausencia de Juntos por el Cambio se debió a que, según sus términos, el oficialismo no respetó el reglamento de sesiones virtuales, el cual estipulaba tratar únicamente referidos a la pandemia.

Al abandonar la sesión, el Frente de Todos hizo pesar su mayoría y aprobó tanto el proyecto de alquileres como la suspensión de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS).

El proyecto aprobado y deseado por los Inquilinos, quienes más lucharon para su sanción, tiene las siguientes claves:

  • Actualización de precios: el índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).

 

  • Duración del contrato: el plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.

 

  • Depósitos: no podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; y el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.

 

  • Arreglos: introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.

 

  • Impuestos: el locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad (como el ABL y ARBA) ni el pago de expensas comunes extraordinarias.

 

  • Garantías: los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).

 

  • Renovación del contrato: el locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.

 

  • Registro: será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo.

 

  • Resolución de conflictos: para la resolución de conflictos, el proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.

 

  • Intermediarios: la intermediación en el contrato de alquiler sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.