sábado, abril 27, 2024
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La ANMAT respondió por qué no autorizó el ingreso de respiradores gestionados por Lionel Messi

Los 30 aparatos, que serían muy útiles en esta segunda ola de coronavirus, se encuentran guardados desde hace diez meses en un depósito del aeropuerto.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó que no autorizó el ingreso de los respiradores gestionados por la Fundación Messi porque no se presentó la documentación necesaria.

Este miércoles volvieron a ser noticia estos productos que la familia del astro futbolístico había gestionado para su arribo a Rosario, en este caso, porque se cumplieron diez meses desde su arribo y todavía se encuentran en el Aeropuerto Internacional de Rosario (AIR).

Se trata de 32 respiradores de transición que permiten asistir a dos personas con una sola máquina, los cuales habían llegado en el marco de un acuerdo entre convenio entre la Municipalidad y el Hospital Germans Trias. Fue Jorge Messi, papá de la Pulga, el que coordinó el traslado en el avión privado que tiene el jugador.

Pese a que estos aparatos son vitales, sobre todo en este momento, para hacer frente a la segunda ola de coronavirus, la ANMAT no los aprobó por falta de documentación y por ser prototipos que no cuentan con el certificado de libre venta emitido por la autoridad sanitaria de origen. “La solicitud de ingreso iniciada por el receptor de la donación ingresó en agosto del año 2020. Durante el mismo mes se indicó la documentación faltante y desde ese momento no se ha recibido ninguna nueva información”, informó el organismo que luego pasó a detallar en un listado todos los puntos que se deben cumplir.

”Mas allá de la buena intención por parte de los donantes, éstos no deben enviar ninguna donación sin previa consulta y conformidad del Instituto Nacional de Productos Médicos, a fin de evitar inconvenientes y gastos innecesarios. Los productos que no reúnan los requisitos indicados no podrán ingresar en territorio nacional y, atento a que entre las leyes de protección ambiental existe la prohibición absoluta de la destrucción de elementos (en cualquiera de sus formas) arribados al país aun en carácter de donación, los mismos serán obligatoriamente reembarcados al país de origen, con cargo a la entidad donante y/o a la entidad receptora de la donación”, señalaron.