sábado, abril 20, 2024
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La Ordenanza para formalizar la actividad de los cuidacoches en Santa Fe entrará en vigencia

En Intendente José Corral no vetó la normativa sancionada en el Concejo Municipal. De esta manera, el municipio deberá reglamentar la actividad.

Se sembraron muchas dudas en torno a un posible veto del Ejecutivo a raíz de la Ordenanza sancionada por el Concejo en la que crea un registro de cuidacoches o trapitos y formaliza la actividad en la ciudad de Santa Fe.

En la oportunidad, Marcela Aeberhard y Sergio Basile lograron la aprobación del proyecto por mayoría, pero con la abstención del bloque que responde al Intendente en la que objetaron la norma en las cuestiones legales.

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Frente a este panorama, todo hacía pensar que el Decreto de Ordenanza 12.635 iba a ser vetado por el jefe del Ejecutivo Municipal. Sin embargo, pasó el tiempo y el intendente no se expresó al respecto, por lo tanto la norma sancionada se promulga por el mero paso del tiempo.

En este marco, resta conocer como lo va a implementar el Municipio en base a lo aprobado por el Concejo. El Ejecutivo podrá realizar interpretaciones sobre algún artículo en particular, pero no modificaciones.

Chaleco y Credencial

  • Iniciar un proceso de incorporación de los cuidacoches a la economía formal.
  • Los cuidadores de vehículos habilitados no podrán exigir el pago de canon. Si éstos deciden hacerlo, la contribución económica será voluntaria y se efectuará al momento de retirar el rodado; quedando prohibida la exigencia y/o solicitud anticipada de la entrega de un monto de dinero.
  • Se entenderá por cuidadores de vehículos a toda persona que realice la actividad informal de ofrecer el servicio de cuidar rodados estacionados en la vía pública.
  • La autoridad de aplicación de la norma será la Secretaría de Control de la Municipalidad.
  • Una vez realizado el registro, el Departamento Ejecutivo Municipal evaluará la situación social de cada persona y/o grupo familiar a fin de gestionar su inclusión y participación en los diversos programas existentes a nivel municipal, provincial o nacional; como así también emprendimientos en el ámbito privado.
  • Tendrán prioridad para obtener el permiso como cuidadores de vehículos las personas mayores de cuarenta (40) años y aquellas que tengan algún tipo de discapacidad, siempre que ésta no le impida realizar la misma.
  • Aquellas personas que hayan obtenido el permiso para ejercer la tarea de cuidadores de vehículos, deberán exhibir el mismo al personal de Control Municipal cuando este lo solicite y vestirán en su lugar de desempeño chaleco fluorescente que deberá ser visible permanentemente con su número de identificación y número telefónico de atención ciudadana y leyenda “Contribución voluntaria”.