viernes, abril 26, 2024
Provinciales

Los alcances del decreto con las nuevas restricciones y las medidas de apoyo al sector comercial

Las medidas tendrán vigencia desde este jueves hasta el 31 de mayo. Busca frenar el alza de contagios de coronavirus.

Finalmente en la noche del miércoles llegó el decreto que oficializa las restricciones sanitarias que comenzarán a regir en Santa Fe este jueves 20 y se extenderán hasta el 31 de mayo.

La resolución establece que quedan suspendidas las reuniones sociales, tanto en domicilios particulares como al aire libre, salvo para los convivientes, y también en caso de que se requieran cuidados especiales de algunas personas.

Se prohíbe la circulación vehicular salvo para quienes deban ir a trabajar, y que para eso deberán contar con autorización especial, o para casos de fuerza mayor. Se suspenden el funcionamiento de locales de eventos o juegos infantiles, centros comerciales y shoppings.

Tampoco se podrán realizarse actividades deportivas en clubes, natatorios, gimnasios, canchas de fútbol 5, en todos los casos tanto en establecimientos cubiertos como al aire libre. Quedan suspendidas todas las competencias deportivas amateurs y profesionales, salvo las autorizadas por el Gobierno nacional, y también la pesca.

Leer más: En Santa Fe no se podrá reunir en una plaza y tampoco ir al supermercado en vehículo

Este miércoles en conferencia de prensa el ministro de Trabajo, Juan Manuel Pusineri, había precisado los alcances de las medidas, al señalar que ni siquiera al supermercado se podrá ir en auto en la provincia. Además, sugirió el home office para todas las actividades que se pueda, incluidas las públicas.

Medidas de apoyo

Para los gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, pilates, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, transportes escolares, salones privados de eventos, escuelas de conducción, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, complejos turísticos (Ej: Cabañas de alquiler), gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la provincia de Santa Fe (las cuales se establecerán a partir de un listado que confeccionará la Secretaria de Turismo y Transporte); pagarán a valor histórico, sin intereses de actualización o mora, las liquidaciones de servicios con vencimiento a partir del 17 de mayo 2021 y hasta el 31 de julio 2021, sean éstos de facturación mensual o bimestral (Pequeñas Demandas o Grandes Demandas).

Con respecto a la facturación para grandes demandas, usuarios con actividad: hotelera, gastronómicos, salones de eventos y clubes, se le facturará sólo la potencia registrada en los “períodos de consumo” de los meses de mayo, junio y julio del año 2021. Para las cadenas de franquicias gastronómicas (multisuministros) el beneficio tendrá un tope máximo en pesos de $100.000, agrupando todos los suministros. Quedando exceptuados de estos beneficios, los casinos y salas de Juego.

Para los suministros de consorcios de galerías comerciales y locales que la componen, sector no amparado por medidas de contención adoptadas previamente, se los incluirá en los beneficios otorgados a los usuarios alcanzados por el Decreto 283-2020 del gobierno provincial: pago a valor histórico de las facturas con vencimiento a partir de abril 2020 hasta junio 2020 y además, para los grandes usuarios, se dispondrá sólo la facturación de la potencia registrada en los meses de abril a junio del año 2020.

Finalmente, la EPE dispondrá en su oficina virtual, un link para acceder a los beneficios de pago a valor histórico: el usuario deberá ingresar a www.epe.santafe.gov.ar/oficinavirtual, ir al apartado reclamos comerciales y tildar en tipo de reclamo, “pago a valor histórico”.

En tanto, en el caso de Aguas Santafesinas se dispondrán, para los períodos/bimestres 3 y 4/2021, de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación, para los inmuebles habilitados para las siguientes actividades: gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, hoteles alojamiento, centros de convenciones (sin salas de juego en sus instalaciones), bares, restaurantes y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la Provincia de Santa Fe (a partir de un listado que confeccionarán las Secretarías de Turismo y Transporte).

Asimismo, para aquellos usuarios de estos rubros que no cuenten con consumo medido, se bonificará hasta un 70% del monto a pagar por los mismos períodos bimestrales indicados. Para ello, la empresa dispondrá en su oficina virtual de formularios para que los usuarios alcanzados por estas medidas puedan tramitarlas exclusivamente en línea a través de este link: http://www.aguassantafesinas.com.ar/gestiones