jueves, mayo 2, 2024
Un Día Perfecto

La juez del fallo histórico en Tucumán: “Tuve que darle sentido al amor en términos legales”

La juez Mariana Rey Galindo dialogó con Un Día Perfecto sobre el fallo que podría marcar un precedente en el sistema legal argentino vigente.

Mariana Rey Galindo, la autora del fallo inédito

El pasado 6 de febrero en Tucumán, la juez Mariana Rey Galindo resolvió reconocer “la constitución pluriparental” de una familia compuesta por cuatro personas (los dos hombres, la menor y su madre) y ordenar al Registro Nacional de las Personas emitir una nueva acta de nacimiento para la niña donde aparezcan sus dos padres.

“Juli”, una niña de 9 años, pudo conservar ambos padres y no tuvo que “elegir” entre sus padres biológicos y el que la crió. Se trata de un fallo histórico, ya que es la primera vez que se le otorga el derecho a la pluriparentalidad a una persona que no fue adoptada ni concebida por fertilización asistida.

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En diálogo con Un Día Perfecto, la juez Mariana Rey Galindo contó que antes de su dictamen consideró que “Todos los niños tienen derecho a participar en los procesos judiciales en donde sus intereses estén comprometidos”, y por eso invitaron a Juli a participar.

Según reveló, la niña planteó una tercera opción: ¿Por qué debía elegir a uno de sus papás? ¿Por qué no podía conservar a ambos?

“Desde entonces fue ella la que marcó el sendero y me dijo ‘pongamos a los dos en los papeles’. Con ternura, pero con firmeza puso en crisis al sistema legal Argentino vigente, algo realmente maravilloso”, contó la magistrada.

Para determinar el fallo, Rey Galindo tuvo que derribar prejuicios y “darle sentido al amor en términos legales”. El artículo 558 del Código Civil y Comercial sobre Filiaciones establece que “Ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”, a lo que la Juez debió encontrar una solución jurídica.

Para poder fallar a favor de los intereses de Juli, se basó en las Convención Americana de los Derechos Humanos y en la Convención de los Derechos del Niño, que establecen que debemos “proteger y amparar los lazos familiares”, según explicó. Además, debió declarar la inconstitucionalidad del mencionado artículo.

Sobre el futuro que depara a los tres padres de Juli, la magistrada contó que “tienen las mismas responsabilidades, y los mismos derechos”, y que a partir de ahora deberán organizarse en la cotidianidad.

“Quizás sea materia de debate a futuro, pero es un precedente para que otros jueces lo tomen en casos similares”, cerró.

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